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Electrodependientes y cortes de luz en Chile: inscripción y derechos (Ley 21.304)

Guía práctica de ¿Hay luz? Chile · Actualizada el 30/10/2026. Para ver si hay cortes ahora, busca tu comuna en el estado en vivo o revisa los cortes programados.

Si en tu casa vive alguien que depende de un equipo médico eléctrico, la Ley 21.304 y su reglamento (Decreto 65/2021 del Ministerio de Energía) te dan derechos concretos frente a los cortes. Para usarlos, el primer paso es inscribirse en el registro de la empresa eléctrica.

Cómo inscribirse

Cada empresa distribuidora debe llevar un Registro de Personas Electrodependientes de su zona. La solicitud la presenta la persona o su representante, por medios electrónicos o con una carta en la oficina comercial, y debe incluir:

  1. Nombre completo y documento de identidad de la persona electrodependiente (y de su representante, si corresponde), con datos de contacto para los avisos de cortes programados.
  2. El domicilio donde vive.
  3. Copia de una boleta o factura de luz de ese domicilio.
  4. Certificado del médico tratante que indique: la patología y la necesidad de hospitalización domiciliaria; los dispositivos médicos y sus características; la periodicidad de uso (continuo o cuántas horas); y si el tratamiento es indefinido o cuánto dura.

La empresa debe inscribirte dentro de los dos días desde la solicitud y enviarte una confirmación. Si falta algo, te lo pide dentro de ese mismo plazo. La inscripción vale dos años (o menos, si así lo dice el certificado) y hay que renovarla antes del vencimiento. Si te cambias de casa, avisa: el registro se actualiza o se traspasa a la nueva empresa.

Teléfonos de las principales empresas: Enel 600 696 0000 o 800 800 696 (desde celulares: 22 696 0000); CGE 800 800 767 (emergencias 24 horas); Grupo SAESA 800 600 801; Chilquinta 600 600 5000 o 800 800 500 (línea para electrodependientes: 800 800 606). Más detalle en fuentes.

Qué derechos tienes una vez inscrito

Durante un corte

Si la empresa no cumple

Reclama primero a la empresa y guarda el número. Si no responde o no quedas conforme, reclama a la SEC (600 0231 360): el paso a paso está en cómo reclamar a la SEC. La SEC fiscaliza el registro y el cumplimiento del reglamento.

Recibe alertas gratis por Telegram

Te avisamos cuando se informan cortes de luz en tu comuna (desde 20 clientes sin suministro) y cuando vuelve la luz. Entre las 23 y las 7 h llegan sin sonido; máximo 12 avisos por día. Es un aviso por comuna según datos públicos: no confirma qué pasa en tu domicilio.

Recibir alertas por Telegram → Abre @CortesDeLuzCL_bot; después escribes tu comuna. Solo guardamos tu número de chat y las comunas que elijas. Te das de baja con /baja.

Preguntas frecuentes

¿Quién es electrodependiente según la ley?

La Ley 21.304 define como personas electrodependientes a quienes, por su patología, están en hospitalización domiciliaria y necesitan estar conectadas, de forma continua o transitoria, a un dispositivo médico que requiere electricidad (para respirar, alimentarse, regular la temperatura, entre otros), sin el cual estarían en riesgo vital o de secuela funcional severa grave.

¿Dónde me inscribo?

En el Registro de Personas Electrodependientes que lleva tu empresa eléctrica (Enel, CGE, Grupo SAESA, Chilquinta u otra). La solicitud se presenta por medios electrónicos o con una carta en la oficina comercial, a tu elección.

¿Qué documentos piden?

Nombre completo y documento de identidad (tuyo y del representante, si corresponde), datos de contacto para los avisos, el domicilio, copia de una boleta de luz de ese domicilio y un certificado del médico tratante con la patología, los dispositivos, la periodicidad de uso y la duración del tratamiento.

¿Cuánto demora la inscripción y cuánto dura?

La empresa debe inscribirte dentro de los dos días desde la solicitud (si faltan datos, te los pide en ese plazo). La inscripción dura dos años, salvo que el certificado médico indique un tiempo menor, y hay que renovarla antes de que venza.

¿Me pueden cortar la luz por deuda?

No. El reglamento prohíbe suspender el suministro por impago en el inmueble donde vive una persona electrodependiente inscrita. La empresa puede, eso sí, cobrar la deuda por vía judicial (acción ejecutiva) cuando hay tres o más meses impagos.

Fuentes

¿Hay luz? Chile es un sitio informativo no oficial. Los datos de esta guía salen de las fuentes oficiales citadas; ante cualquier duda, manda lo que indiquen la SEC, el organismo correspondiente o tu empresa distribuidora.

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Y lo básico ante un corte: qué hacer ante un corte de luz.